Home Trámites y Gestiones Boleto de Ornato ¿Cómo puede adquirir una empresa el Boleto de Ornato para su personal?

¿Cómo puede adquirir una empresa el Boleto de Ornato para su personal?

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De Conformidad con el Decreto 121-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Arbitrio de Ornato Municipal, en el Artículo 7 Inciso a) dice: Los directores, gerentes, administradores y/o los propietarios de empresas individuales, están en la obligación de solicitar el comprobante de pago y si el trabajador no contara con el mismo o lo hubiere pagado, pero no puede demostrarlo, deberá retenerle del salario o sueldo del mes de enero y a más tardar del mes de febrero, el importe que, de conformidad con lo devengado, le corresponda pagar.

a) Deberán presentar listado actualizado del personal, impreso o CD, que contenga los siguientes datos:

 

Cédula de vecindad

Primer nombre

Segundo nombre

Tercer nombre

Primer apellido

Segundo apellido

Apellido casada

Número orden

Número registro

Nit.

Sueldo mensual

Valor Boleto Ornato


b) Pagar el importe por el total de los Boletos de Ornato solicitados, en efectivo o cheque a nombre de Municipalidad de Villa Nueva, de acuerdo al listado y planilla del IGSS adjuntos.

Para más información, puede consultar en la Unidad de Boleto de Ornato de la Municipalidad al teléfono 1531 extensión 114, ó en el correo electrónico Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla .

 

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