Home Trámites y Gestiones Boleto de Ornato ¿Quiénes no pagan Boleto de Ornato?

¿Quiénes no pagan Boleto de Ornato?

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En el artículo 13 del Decreto en mención se establece que quedan exentas del pago de Boleto de Ornato las personas:

* Mayores de 65 años, quienes deben presentar su Cédula de Vecindad o Documento Personal de Identificación (DPI) para comprobarlo.

* Personas que padezcan de enfermedades físicas o mentales que les impida trabajar y no obtengan ingreso alguno, quienes deben presentar constancia médica.

* Jubilados por el Estado, municipalidades, entidades autónomas o entidades de la iniciativa privada, quienes deben presentar certificación.

* Quienes obtienen ingresos mensuales menores de Q300, (deben presentar boleta de pago que corrobore sus ingresos).

Para más información, puede consultar en la Unidad de Boleto de Ornato de la comuna al teléfono 1531 extensión 114, ó en el correo electrónico Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla .

 

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