Matrimonios

Requisitos para Matrimonios

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Matrimonios de Extranjeros

  • Pasaporte vigente

Certificación de nacimiento con los pases de ley siguientes:

  • Auténtica del Alcalde del lugar de origen
  • Auténtica del Gobernador de ese país
  • Auténtica del Cónsul de Guatemala en ese país
  • Auténtica del Ministro de Relaciones Exteriores en Guatemala
  • Constancia de Soltería con los mismos pases de ley que lleva la certificación de nacimiento
  • Boleto de ornato de este año de Villa Nueva
  • Todos los documentos deben ser recientes
  • Al presentar la documentación completa se le entregan dos edictos para las publicaciones correspondientes.

 

Matrimonio de Mayores de Edad

  • Cédula de vecindad (en buen estado, completa y que tenga página en blanco para poder razonarla o DPI original).
  • Fotocopia de la cédula de vecindad anterior o de los padres.
  • Fe de edad original y reciente máximo un mes de extendida.
  • Certificado médico obligatorio para ambos contrayentes. Extendido en los centros de atención médica públicos o por un médico y cirujano colegiado activo, haciendo constar que la persona examinada no padece enfermedad contagiosa incurable, perjudicial al otro cónyuge o la descendencia, o que no tiene defectos físicos que imposibiliten la procreación. Si ya tienen hijos no presentan los certificados médicos, sólo presentan la fotocopia de la certificación de nacimiento de un hijo.
  • Boleto de Ornato de este año de Villa Nueva
  • La papelería se recibe los días lunes y deberá ser entregada exclusivamente por la pareja contrayente.
  • El matrimonio se efectúa el día viernes de cada quince días a las 2 de la tarde.

 


Matrimonio de Menores de Edad

  • Fe de edad original y reciente máximo un mes de extendida
  • Cédula de Vecindad original completa del padre o de la madre del menor quien autoriza el matrimonio.
  • Fotocopia de cédula o DPI de ambos padres.
  • Boleto de Ornato de Villa Nueva de este año del padre o de la madre del menor.
  • Certificado médico obligatorio para ambos contrayentes. Extendido en los centros de atención médica públicos o por un médico y cirujano colegiado activo, haciendo constar que la persona examinada no padece enfermedad contagiosa incurable, perjudicial al otro cónyuge o la descendencia, o que no tiene defectos físicos que imposibiliten la procreación. Si ya tienen hijos no presentan los certificados médicos, sólo presentan fotocopia de la certificación de nacimiento de un hijo.
  • La papelería se recibe los días lunes y deberá ser entregada exclusivamente por la pareja contrayente.
  • El Matrimonio se efectúa el día viernes de cada quince días a las 2 de la tarde.

 

*****Todos los documentos deben ser recientes *****

*****y todo pago se efectúa en Tesorería *****

 

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